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¿En caso de muerte por un riesgo de trabajo a qué tienen derecho mis beneficiarios?
Escrito por Samuel Lara   
Miércoles, 29 de Octubre de 2008 12:18

¿En caso de muerte por un riesgo de trabajo a qué tienen derecho mis beneficiarios?

 derecho mis beneficiarios? Tienen derecho a recibir una pensión que puede ser: de viudez, la cual se otorgará a la viuda o concubina que haya vivido con el asegurado por más de cinco años o que hay tenido hijos con él, siempre y cuando no se vuelva a casar o entre en concubinato, esta pensión también se podrá otorgar al viudo o concubino que haya vivido con la asegurada por más de cinco años y que haya dependido económicamente de ella; de orfandad, a cada uno de los hijos menores de 16 años, o hasta 25 si se encuentran estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, o los hijos que no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una enfermedad crónica o defecto físico o psíquico; de ascendencia, siempre y cuando el asegurado no hubiera tenido esposa, concubina o hijos, su padre o madre, o ambos, tendrán derecho a una pensión, si hubieran dependido económicamente del asegurado o la asegurada.

 
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