¿A qué prestaciones tengo derecho por mi estado de embarazo por parte de mi patrón?
Escrito por Samuel Lara   

¿A qué prestaciones tengo derecho por mi estado de embarazo por parte de mi patrón?

La madre trabajadora tiene derecho a: no realizar durante el período de embarazo trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifique un peligro para la salud en relación con la gestación, tales como levantar, tirar o empujar grandes pesos que produzcan trepidación, estar de pie durante largo tiempo; disfrutar de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, percibiendo su salario integro; los períodos de descanso a que se refiere el párrafo anterior se prorrogarán por el tiempo necesario en el caso de que se encuentre imposibilitada para trabajar a causa del embarazo o del parto; en esta prorroga tendrá derecho al 50% de su salario por un período no mayor de 60 días; dos reposos extraordinarios por día en el período de lactancia de media hora cada uno, para alimentar a su hijo; regresar al puesto que desempeñaba, siempre que no haya transcurrido más de un año de la fecha del parto; y que se compute en su antigüedad los periodos pre y posnatales.